Noticias

Dos tercios de Autónomos sin ayuda en marzo

ABRIL 2020.

 

Todos aquellos autónomos no incluidos en la lista de CNAE elaborada por la DGOSS como obligados al cese de actividad el Estado de Alarma se verán obligados a demostrar una reducción de ingresos de más del 75% durante el mes de marzo respecto al mes anterior si desean acceder a la prestación extraordinaria por cese de actividad con efectos desde el 1 de abril.

Ello tiene una doble lectura:

- Por un lado se quedan sin prestación por los 17 días de marzo en los que el país ha estado confinado y por tanto la inmensa mayoría de autónomos ha visto reducir sus ingresos.

- Y por otro lado, dado que casi la mitad del mes (14 días) han sido normales en su funcionamiento, difícilmente habrán visto reducir sus ingresos en más del 75% cuando han trabajado y facturado durante la mitad del mes.

 

Dejamos noticia al respecto en pdf.

COVID-19 Asesorías desbordadas

Abril 2020.

 

Todo el equipo humano de Morga M. Asesores SL quiere agradecer desde esta página a todos y cada uno de sus clientes la paciencia y comprensión con la que esperan más tiempo del habitual para ser atendidos en todas sus necesidades, dudas, gestiones, etc....

Todo el equipo está trabajando desde casa las horas necesarias para atenderos a todos y está enormemente agradecido a vuestra comprensión, vuestra fidelidad y vuestra colaboración.

MILLONES DE GRACIAS A TODOS VOSOTROS.

COVID-19 Moratoria de seis meses pago cotizaciones

Abril 2020.

 

Campaña Renta ejercicio 2019

Marzo 2020.

 

El 1 de abril comienza la campaña de renta correspondiente al ejercicio 2019.

Desde Morga M. Asesores queremos comunicarle que:

 

DURANTE EL ESTADO DE ALARMA

 

TRAMITAMOS SU DECLARACIÓN DE LA RENTA DE FORMA ONLINE.

 

Contacte con nosotros:

-        Por teléfono: 968 350 797

-        Por correo electrónico: info@morgamasesores.com

-        O bien rellene el formulario de contacto de esta web

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COVID-19 Prestación EXTRAORDINARIA autónomos

Marzo 2020.

 

Con el Real Decreto 8/2020, de 17 de marzo, se ha aprobado una Prestación Extraordinaria por Cese de Actividad, cuyos principales beneficios para quienes tengan derecho a ella son:

-          Cobro de una prestación por cese de actividad (quienes coticen con la base mínima ello supondrán 661 € al mes).

-          Exoneración en el pago de la cuota de autónomo.

-          No se pierden bonificaciones en cuotas quienes las tengas (como la tarifa plana), pues no hay que dar de baja la actividad económica (ni en Hacienda ni en Seguridad Social).

Más información con su asesor asignado por teléfono y mail